martes, 10 de mayo de 2011

MICIT firma decreto para fortalecer innovación y desarrollo tecnológico de Pymes


• Reglamento pasa de 40 a 31 artículos.
• Proceso pasa de 24 a 9 pasos.


San José, 6 mayo, 2011. El Poder Ejecutivo está comprometido con estimular la innovación y el desarrollo tecnológico de la micro, pequeña y mediana empresa costarricense, como mecanismo para fomentar su competitividad.

Por lo anterior, este viernes la Presidenta de la República, Laura Chinchilla, junto al Ministro del MICIT, Alejandro Cruz y la Ministra del MEIC, Mayi Antillón, firmaron el decreto para reglamentar el Programa de Fortalecimiento para la Innovación y Desarrollo Tecnológico de las Pymes en nuestro país.

Mediante este decreto, las Pymes costarricenses no tendrán que realizar tantos procesos para formalizar la asignación de recursos mediante Propyme, que es asignado por la Comisión de Incentivos del MICIT y cuya administración es responsabilidad del Consejo Nacional para Investigaciones Científicas y Tecnológicas (CONICIT).

Con los cambios en el Reglamento se pretende agilizar los mecanismos y aspectos referentes a la administración, promoción, recepción, selección y evaluación de las solicitudes para un mayor acceso a los beneficios.

El Fondo Propyme es la transferencia presupuestaria que realiza el Gobierno al presupuesto del MICIT, mediante la aplicación de la Ley 8262 (Fortalecimiento de las pequeñas y medianas empresas), para ser aplicada en el otorgamiento de ayudas económicas complementaras, no reembolsables.

La modificación del reglamento PROPYME es una iniciativa propuesta por el MICIT, con el total apoyo del MEIC y el CONICIT. Se tomaron consideraciones de la Cámara de Industrias de Costa Rica, la Universidad de Costa Rica (UCR), la Unión de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado (UCCAEP), el Ministerio de Economía Industria y Comercio (MEIC) y el Consejo Nacional para investigaciones Científicas y Tecnológicas (CONICIT), el Ministerio de Hacienda, entre otros.

Entre los principales cambios en Reglamento para el Programa de Fortalecimiento para la Innovación y Desarrollo Tecnológico de las PYME se encuentran:

• Eliminación del procedimiento de varias convocatorias al año.
•Modificación del mecanismo de dos etapas donde se presentan solicitudes de demanda y oferta, a una sola etapa.
• Proyectos “casados”: se abre la posibilidad que la PYME manifieste su necesidad tecnológica (demanda) conjuntamente con un proyecto de desarrollado por una Unidad especializada para resolverla (oferta). El otro escenario también es posible: las empresas pueden presentar sus propuesta de proyecto de desarrollo tecnológico “sin solución”, y el CONICIT resuelve la búsqueda de oferentes.
• Se incluyen las personas físicas como beneficiarios.
• Se establece cuales solicitudes de recursos pueden aprobarse, se desglosan los diferentes rubros para mayor facilidad de los usuarios.
• Se establece que las micro empresas pueden concursar para este fondo.
• Se modifican los plazos que tiene el CONICIT para remitir a la Comisión de Incentivos los dictámenes de las solicitudes.
• Para las solicitudes que vienen acompañadas con su respectiva solución se concede un plazo de 30 días
• Para aquellas propuestas sin solución se concede 15 días adicionales para presentar el dictamen
• Se establece que la solución recomendada para un determinado proyecto debe ser consensuada con el beneficiario.
• Se crea la figura del Gestor de innovación.

Con lo anterior, se cumple con la simplificación de trámites que establece la Ley 8220 “Ley de Protección al Ciudadano” de exceso de requisitos y trámites administrativos y su reglamento; se elimina el proceso de varias convocatorias al año por una sola al inicio con lo cual la PYME tiene acceso a los fondos en cualquier momento del año, las solicitudes de las PYME; se reciben acompañadas (casadas) de la solución a su necesidad por parte de una Unidad de Investigación, con lo cual el proceso reduce el tiempo en más de tres meses; se pasa de un reglamento de 40 artículos a otro de 31, con lo cual logra una disminución de un 29% en el articulado; el proceso anterior tenía 24 pasos y el propuesto solamente 9, con lo cual se presenta una rebaja de un 300% en el proceso.

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